lunes, 9 de mayo de 2016

Principios básicos de la organización estatal

Antes de introducirnos en el conocimiento de la estructura del Poder Público en Colombia, y siguiendo al profesor Libardo Rodríguez (2009), es conveniente mencionar algunos principios, o normas básicas que constituyen la base de la organización de cualquier Estado. De acuerdo con lo anterior, en esta sección se hará referencia a tres principios básicos15, a saber: i) La separación de poderes, ii) la distinción entre Estado unitario y Estado federal, y iii) la centralización política y la descentralización administrativa. El principio de la separación de poderes El Barón de Montesquieu (1689-1755), cronista y pensador político francés: “desarrolló la idea de que el Poder Público no era realmente un solo poder sino que era necesario distinguir claramente tres poderes separados: el legislativo, el ejecutivo y el judicial, que correspondían, respectivamente, a las funciones de dictar las normas generales, aplicarlas y resolver los conflictos que resultaran de esta aplicación”. (Rodríguez, 2009, p. 3). Puede afirmarse que la idea de la separación de poderes, planteada por Montesquieu, tiene estrecha relación con la noción de la Santísima Trinidad, en la doctrina de la Iglesia católica, de tal forma que podemos establecer una asociación entre el legislativo con el Padre (dicta las normas), el ejecutivo con el Hijo (aplica las normas), y el judicial con el Espíritu Santo (entendimiento para la resolución de conflictos). PARA RECORDAR En el artículo 113 de la Constitución de Colombia, siguiendo el principio de la división de poderes, establece que: “Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial”, además precisa que existen otros órganos para el cumplimiento de las demás funciones del Estado, y señala que las diferentes ramas y órganos, aunque tienen funciones separadas, colaboran armónicamente para realizar sus propósitos. 15 En la sección 2.2. se tratarán otros principios básicos aplicados al caso del Estado colombiano, como son los relativos a la desconcentración, la delegación y la descentralización. 2. El Estado colombiano y su organización Departamento Nacional de Planeación 18 En el siguiente diagrama se ilustran las autoridades y las principales funciones del Estado, destacando el hecho que, aunque cada función (denominada también Rama del Poder Público16) es independiente, colabora con las demás para el cumplimiento de los fi nes del Estado17. Diagrama 2. Funciones tradicionales del Estado Fuente: Elaboración DNP-DDTS-GGPT, 2009 Cabe señalar que el principio de separación del poder en tres ramas18 se ha venido transformando, desde el siglo XVIII, en el sentido de que se han desarrollado instituciones adicionales que complementan de manera especializada la acción del Estado. Tal es el caso del Estado colombiano en el cual, adicional a las tres ramas tradicionales del poder, existen otros órganos, autónomos e independientes, que contribuyen al cumplimiento de las demás funciones del Estado, y que corresponden a los organismos de control, la organización electoral y la organización territorial. PARA RECORDAR Por Rama del Poder Público se entiende el conjunto de instituciones públicas que coinciden, por mandato de la Constitución, en el “ejercicio permanente y por lo general exclusivo de una función básica del Estado”. (Madrid-Malo, 2005). 16 Por Poder Público se entiende la conjunción de fuerza y competencia que le otorga al Estado la capacidad de dirigir, e imponer decisiones, sin oposición ni resistencia, en relación con los asuntos que regulan la vida en sociedad. 17 Los fi nes del Estado colombiano se encuentran en el artículo 20 constitucional. Entre dichos fi nes se destacan: servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de lo dispuesto en la Constitución, entre otros. 18 Para algunos académicos, además de las tres funciones tradicionales del Poder Público, también existe la función constitucional (relacionada con la formulación de la Carta Política). Sin embargo, en los Estados modernos, dicha función se ejerce por el pueblo, a través de sus representantes, y las modifi caciones que requiera se adelantan a través del Congreso de la República. Por lo anterior, antes que una función adicional, se trata de la principal expresión de la soberanía del pueblo para establecer las directrices que guían la vida en sociedad, así como la organización y funcionamiento del Estado. Representada por el Parlamento o el Congreso Funciones: Formular leyes, ejercer control político sobre el gobierno, y reformar la Constitución Representada por el Presidente de la República o el Primer Ministro Funciones: Planificar, orientar, impulsar y ejecutar lo establecido en la Constitución y las leyes Representada por las Cortes y Tribunales Funciones: Solucionar los conflictos y controversias (entre los ciudadanos y entre estos con el Estado) Legislativa Ejecutiva Judicial Separación de poderes, pero con colaboración entre ellos Elementos básicos sobre el Estado colombiano

No hay comentarios:

Publicar un comentario