lunes, 9 de mayo de 2016
Cámara de Representantes
A partir de lo señalado en el artículo 176 de la Constitución, la Cámara de Representantes está integrada por
ciento sesenta y seis (166) Representantes a la Cámara36, quienes representan en el Congreso los intereses
particulares de los diferentes Departamentos y grupos que los eligen, conjuntamente con los Senadores,
en circunscripciones territoriales, especial e internacional, para períodos de cuatro años (contados a partir
del 20 de julio). De los 166 Representantes a la Cámara, 161 son elegidos por circunscripción territorial37,
4 por circunscripción especial de los grupos étnicos (indígenas y afrocolombianos, principalmente) y las
minorías políticas, y 1 por circunscripción especial internacional.
Al igual que al Senado, a la Cámara de Representantes le corresponde participar en el trámite de los
proyectos de ley, dentro del procedimiento establecido en los artículos 150 a 170 de la Constitución, así
como ejercer las funciones comunes para ambas Cámaras establecidas en el artículo 135 de la Constitución
(presentadas anteriormente). De otro lado, en virtud de las atribuciones especiales que le confieren el
artículo 178 constitucional, la Cámara de Representantes puede:
• Elegir al Defensor del Pueblo.
• Examinar y fenecer (declarar ajustada) la cuenta general del presupuesto y del tesoro que le presente
el Contralor General de la República.
• Acusar ante el Senado, cuando hubiere causas constitucionales, al Presidente de la República o a quien
haga sus veces, a los Magistrados de la Corte Constitucional, a los Magistrados de la Corte Suprema
de Justicia, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura, a los Magistrados del Consejo de
Estado y al Fiscal General de la Nación.
• Conocer de las denuncias y quejas que ante ella se presenten por el Fiscal General de la Nación o por
los particulares contra los expresados funcionarios y, si prestan mérito, fundar en ellas acusación ante
el Senado.
• Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen, y
adelantar los trámites que se requieran para la práctica de pruebas cuando lo considere conveniente.
36 Un Representante a la Cámara es un Congresista que, para ser elegido como tal, debe ser ciudadano en ejercicio, tener más de 25 años de edad
en la fecha de la elección y no presentar ninguna de las inhabilidades previstas en el artículo 179 de la Constitución.
37 Para la elección de Representantes a la Cámara, cada uno de los 32 Departamentos y el Distrito Capital de Bogotá conforman una circunscripción
territorial y eligen, cada uno, 2 Representantes y uno más por cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en
exceso sobre los primeros 365.000.
Departamento Nacional de Planeación
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario